La legítima defensa o defensa propia es, en Derecho penal, una causa que justifica la realización de una conducta sancionada penalmente, eximiendo de responsabilidad a su autor, y que en caso de no cumplirse todos sus requisitos, permite reducir la pena aplicable a este último. En otras palabras, es una situación que permite eximir, o eventualmente reducir, la sanción ante la realización de una conducta generalmente prohibida.
Una definición más concreta revela que la defensa propia es: el contraataque o repulsa de una agresión actual, inminente e inmediata con el fin de proteger bienes jurídicos propios o ajenos.

Otros enlaces relacionados
http://www.teleley.com/articulos/art-leg...efensa.pdf
http://es.wikipedia.org/wiki/Leg%C3%ADtima_defensa
http://www.seguridadidl.org.pe/destacado...18-07d.doc
Una definición más concreta revela que la defensa propia es: el contraataque o repulsa de una agresión actual, inminente e inmediata con el fin de proteger bienes jurídicos propios o ajenos.

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El derecho a portar y poseer armas es universal, la ley solo debería ser un registro para los ciudadanos honestos y buenos. NADIE debería firmar cartas suplicando le den una licencia.