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Enviado por: eratryPrife
22-04-2013, 10:39 AM
Foro: Derecho a poseer y portar armas
- Respuestas (1)

Lima……de…………………………del 2013

Sr. Jorge Aquiles Carcovich Cortelezzi
Director General – SUCAMEC (Ex DICSCAMEC)

      Yo,……………………………………………………………. Identificado con D.N.I. N°…………………………….. me dirijo a usted para informarle que el día…….. a horas………….. me apersone a sus oficinas cito en Av. Alberto del Campo 1050, Magdalena del Mar – Perú a las …………….horas a renovar mi licencia de arma N°………… con fecha de vencimiento………….., la misma que reconoce el uso y posesión de mi..(tipo de arma).., marca……………., Calibre………y número de serie………., para su uso en…………………., dándome con la ingrata sorpresa de no poder renovar la misma, ya que ante las últimas disposiciones dictadas por el gobierno piden como requisito contar con (IBIS) registro balístico; el cual aún no se encuentra en funcionamiento y menos en atención al público por tanto es un requisito que no puedo cumplir a la fecha. Siendo de expresa responsabilidad del gobierno el dictar leyes cuya puesta en práctica es imposible dejo constancia de lo siguiente:

  • Me apersone a cumplir con mi obligación legal de renovar mi licencia dentro de los plazos de ley en horarios de atención normal y en la dirección correcta de sus oficinas donde registre mi reclamo en el libro de reclamaciones con el N°     .
  • El no poder cumplir con la renovación de mi licencia descrita anteriormente escapa a mi responsabilidad y capacidad humana de cumplir con los requisitos de ley ahora exigidos por incapacidad de autoridades.
  • Hago responsable al gobierno de toda mora, falta o delito que se me impute y cuanto problema o traba policial, judicial, etc. En la que me vea inmerso producto del no poder renovar mi licencia dentro del plazo de ley.
  • Por tanto al reiniciarse la atención no reconoceré el importe de multa ya que esta misma es un pago por la falta administrativa de no apersonarme dentro de los plazos de ley a renovar mi licencia y este no es el caso.
  • Me reservo los derechos de judicializar la falta administrativa y Constitucional de parte de las autoridades y gobierno, así mismo por todo daño a mi integridad o muerte de familiares y/o terceros  producto de no poder ejercer plenamente mi Derecho Constitucional a la Legítima defensa en esta coyuntura.
Sin otro particular y en espera se atienda mi pedido por ser de justicia quedo de Usted.


Atentamente,



………………………………………………………………………………….
Nombre y número de D.N.I

*Adjunto fotocopia de mi Licencia (ambas caras)


También es factible interponer una ACCION DE AMPARO para que la SUCAMEC entregue la licencia respectiva.

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Enviado por: eratryPrife
22-04-2013, 10:29 AM
Foro: Derecho a poseer y portar armas
- Respuestas (12)

El Decreto Supremo 006-2013-IN, en el artículo Artículo 79 yen todos sus incisos es inconstitucional:

  • Con la legislación pasada por ejemplo si tienes 3 armas para defensa personal ( 1 en la casa, 1 en la caja fuerte, 1 en el auto) era totalmente permitido, en cambio la actual solo permite como máximo 2 armas, lo cual atenta contra el derecho a defenderte garantizado por la constitución, como sabemos los atacantes usan armas de todo calibre y no actuan solos.
  • Viola flagrantemente la constitución por ser discriminatoria en cuanto solo está referida a los civiles, mas no regula a los militares y policías que como todos sabemos ellos si usan todo tipo de armas sin restricción y sin que el Perú esté en guerra con otro país.
  • Atenta contra la estabilidad jurídica, no puede ser que alguien se compre un arma y algunos ignorantes en temas de armas expidan decretos que cambien de año en año o de gobierno en gobierno. Solo se ha visto este tipo de estupideces en gobiernos dictatoriales.
En el Artículo 97 cambia de 5 años a 1 año para renovar licencias. Nuevamente atenta contra la estabilidad jurídica, si alguien tiene un arma no es para convertirse en una víctima del estado pagando de año en año trámites burocráticos o para mantener a los amigos del gobierno de turno. 
En el Artículo 98 exige certificados que demuestren que el poseedor no registra antecedentes policiales, penales ni judiciales (todos estos tienen un costo), atenta contra el derecho que tiene toda persona de presumirse su inocencia mientras no sea declarada culpable de algún delito por algún juez. El estado tiene todas las herramientas informáticas para verificar si la declaración jurada en la cual el declarante manifiesta no tener ningún tipo de antecedentes.

Con una acción de amparo en cualquier juzgado (Lima y Provincias) podemos liberarnos de este DS.

Finalmente es el Tribunal Constitucional al que debemos recurrir para frenar estas arbitrariedades de este gobernante, quien sabe con qué propósitos expide decretos inconstitucionales.

Y en última instancia recurrir a instancias internacionales. Así mismo este D.S. viola el TLC con EE.UU.  al poner trabas para la importación de armas.

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Enviado por: xkillx
04-03-2013, 10:55 AM
Foro: Derecho a poseer y portar armas
- Respuestas (5)

A pesar del aumento del nivel de inseguridad el gobierno peruano en vez de proteger a los ciudadanos está entorpeciendo el derecho de los ciudadanos a comprar un arma para poder defenderse en caso de un ataque del delincuente.
Angry2
Según la misma web de Dicscamec
http://www.dicscamec.gob.pe/Preguntas_Frecuentes.html

Esto solo es válido para los nuevos registros o para las nuevas renovaciones, hace poco (1 año) era 5 años la vigencia de la licencia.

Lamentablemente siguen con la torpe idea de exigir una licencia para cada arma. Es decir si tienes 5 armas el gobierno peruano te exige 5 licencias.
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Enviado por: launica
05-02-2013, 10:45 PM
Foro: Software
- Respuestas (2)

Cada vez que prendo la PC sale ese mensaje y un icono rojo ...
¿como desactivo Adobe Acrobat Update?
gracias.

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